En esta publicación vamos a hablar de la importancia de la prueba documental tras un accidente de tráfico, esto es, de la necesidad de justificar mediante documentos las lesiones y las secuelas sufridas, de cara a obtener una indemnización justa.

¿Por qué son importantes las pruebas médicas para justificar las secuelas?

Con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo Baremo de Accidentes, las secuelas tras un accidente de tráfico solían indemnizarse, aunque no hubiera prueba médica que lo acreditara, bastaba la manifestación del perjudicado para acreditar que esa secuela existía.

Las compañías de seguros eran más confiadas y además la ley no era tan determinante a la hora de exigir pruebas que acreditaran las lesiones y secuelas.

La nueva regulación en materia de accidentes de tráfico, es mucho más exigente en algunos aspectos, sobre todo con la necesidad de justificar las lesiones. Esto es debido a la dificultad de determinar la existencia de una lesión con sólo la manifestación del dolor por parte del paciente, sobre todo en el caso de cervicalgia o rectificación cervical.

De ahí que la nueva Ley de Accidentes exija prueba documental que acredite la existencia de secuela, lo que afecta negativamente a un gran número de lesionados leves, ya que las radiografías o resonancias corren de cuenta de estos.

La diferencia entre una indemnización que incluye puntos de secuela y otra que no la incluye, puede ser importante si tenemos en cuenta que el valor de un punto de secuela oscila entre 600 y 900€ aproximadamente, dependiendo de la edad del lesionado.

Por todo ello, desde la entrada en vigor del nuevo Baremo de Accidentes, las indemnizaciones en vía amistosa han bajado considerablemente, teniendo que recurrirse en la mayoría de los casos a la vía judicial, para reclamar indemnizaciones que incluyen puntos de secuelas.

Podemos decir que se ha convertido en casi imposible que las compañías de seguros paguen en vía amistosa puntos de secuela, sobre todo en el caso de accidentes con lesionados leves.

¿Qué hace falta para justificar los días de perjuicio moderado?

Los días de perjuicio moderado son aquellos que se pagan a 52€, y son los que normalmente coinciden con la baja laboral del perjudicado.

Las compañías de seguros exigen para pagar estos días, que se justifique el perjuicio sufrido mediante la baja laboral, en caso de personas activas en el mercado laboral.

Por grave que sea el padecimiento del lesionado, si encontrándose empleado antes del accidente, no se acoge a una baja con posterioridad al siniestro por las lesiones sufridas, difícilmente la compañía pagará días de perjuicio moderado, ofreciendo normalmente la compañía en estos casos 30€ por día, en lugar de a 52€.

En muchos casos, sin embargo, nos encontramos ante lesionados que no trabajan, como pueden ser desempleados, jubilados, estudiantes, niños etc… Estos deberán justificar estos días mediante pruebas médicas, certificados, justificantes, etc, ya que la compañía evitará pagar días de perjuicio moderado, basándose en la no existencia de baja laboral.

Muchas personas tienen serias dificultades para acogerse a una baja laboral por miedo a perder el empleo, por ver reducido su sueldo, etc, encontrándose sin embargo con serias dificultades para desempeñarlo debido a las lesiones sufridas. En estos casos, solemos aconsejar a nuestros clientes que soliciten a la empresa una adaptación del puesto de trabajo y el correspondiente certificado que justifique este cambio. De esta manera podríamos justificar, aun sin baja laboral, los días de perjuicio moderado.

La especialización de este despacho de abogados de Granada en materia de accidentes, le ayudará a conseguir la indemnización que realmente le pertenece. Si tiene cualquier duda, o ha sufrido un accidente, contáctenos a través de este link o llame al teléfono 644 202 883.

 

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