La nueva norma que regula las indemnizaciones en caso de accidente de tráfico tiene como principales novedades, entre otras:
1. Aumenta la cuantía de las indemnizaciones
– Indemnizaciones por muerte: se incrementan un 50% de media
– Indemnizaciones por secuelas: se incrementan un 35% de media
– Indemnizaciones por lesiones: se incrementan un 12,8% de media
2. Gastos ocasionados por un accidente de tráfico
Se distingue entre “gastos de asistencia sanitaria” y otros “gastos diversos resarcibles”. El concepto de gastos diversos resarcibles incluye, entre otros, costes de movilidad del lesionado y los desplazamientos de familiares para atenderle cuando su condición médica o situación personal.
3. Nuevos beneficiarios de la indemnización
Se reconocen por primera vez como nuevos beneficiarios de la indemnización en caso de fallecimiento a los allegados de la víctima, personas que hubieran convivido familiarmente con ella durante un mínimo de cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento y fueran especialmente cercanas en parentesco o afectividad.
4. Indemnizaciones para las secuelas y lesiones permanentes
En supuestos de secuelas o lesiones permanentes, se refuerza especialmente la reparación del gran lesionado que quede con discapacidades que requieran de apoyos intensos para su autonomía personal, indemnizando los perjuicios y los daños emergentes relacionados con las diferentes partidas de gastos asistenciales futuros.
5. Los familiares de los accidentados se verán resarcidos
Los familiares de víctimas fallecidas o de grandes lesionados tienen derecho al resarcimiento durante un máximo de 6 meses de los gastos de tratamiento médico y psicológico que precisen debidos a las alteraciones psíquicas que les haya causado el accidente.
6. Se contemplan los trabajos no remunerados
La nueva norma valora el trabajo no remunerado –como tareas del hogar– o la pérdida futura de trabajo de menores y estudiantes, que todavía no han accedido al mercado laboral.
7. Traumatismo de la columna vertebral
En el caso de traumatismos menores de la columna vertebral, la lesión sólo se indemnizará como secuela si un informe médico concluyente acredita su existencia tras el período de lesión temporal.
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